El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000012, amplía el plazo de presentación del Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas y del Informe Integral de Precios de Transferencia correspondientes al periodo fiscal 2024

NUEVA FECHA DE PRESENTACIÓN

El Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas y el Informe Integral de Precios de Transferencia del periodo fiscal 2024 podrán ser presentados hasta el mes de septiembre de 2025.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

  • ANEXO DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

Sujetos pasivos del Impuesto a la Renta, que dentro de un mismo periodo hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado o superior a 3 millones de dólares de los Estados Unidos de América

  • ANEXO DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS Y EL INFORME INTEGRAL DE PRECIOS DE TRANSFERENCIAS

Sujetos pasivos del Impuesto a la Renta, que dentro de un mismo periodo hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto superior a 10 millones de dólares de los Estados Unidos de América. 

SANCIÓN

De conformidad con el Artículo innumerado a continuación del artículo 22 de la Ley de Régimen Tributario Interno[1], en caso de que falte la presentación de los anexos e información, o si es que presentada adolece de errores o mantiene diferencias con la declaración del impuesto a la renta, será sancionada con una multa de hasta 15 mil dólares de los Estados Unidos de América.

Nota: La ampliación aplica únicamente para el periodo fiscal 2024.

[1] “Art. (…).- Operaciones con partes relacionadas.- Los contribuyentes que celebren operaciones o transacciones con partes relacionadas están obligados a determinar sus ingresos y sus costos y gastos deducibles, considerando para esas operaciones los precios y valores de contraprestaciones que hubiera utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables. Para efectos de control deberán presentar a la Administración Tributaria, en las mismas fechas y forma que ésta establezca, los anexos e informes sobre tales operaciones. La falta de presentación de los anexos e información referida en este artículo, o si es que la presentada adolece de errores o mantiene diferencias con la declaración del Impuesto a la Renta, será sancionada por la propia Administración Tributaria con multa de hasta 15.000 dólares de los Estados Unidos de América. La información presentada por los contribuyentes, conforme este artículo, tiene el carácter de reservada.”