El Servicio de Rentas Internas, mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000020, establece la ampliación del plazo para la presentación de declaraciones y anexos tributarios que tenían como fecha de vencimiento el 12 de agosto de 2025. Esta disposición aplica de manera excepcional y tiene como objetivo brindar facilidades a los contribuyentes, evitando el pago de intereses y/o multas por presentación fuera de plazo.
Puntos clave
APLICACIÓN
La ampliación de plazo aplica a los sujetos pasivos obligados a presentar declaraciones y/o anexos tributarios con fecha de vencimiento 12 de agosto de 2025, de acuerdo con el noveno dígito de su Registro Único de Contribuyentes, excepto a quienes se encuentren calificados como contribuyentes especiales
NUEVO CALENDARIO PARA CONTRIBUYENTES

En caso de que la nueva fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, el plazo se trasladará automáticamente al siguiente día hábil.
CALENDARIO PARA CONTRIBUYENTES ESPECIALES
Los contribuyentes especiales que debían presentar sus declaraciones y/o anexos el 12 de agosto de 2025, por única vez podrán hacerlo hasta el 15 de agosto de 2025, sin recargos por intereses o multas.
CONSIDERACIONES SOBRE PAGOS PREVIOS
Los pagos realizados antes de las nuevas fechas de vencimiento no serán objeto de devolución. Esto incluye los pagos efectuados por concepto de multas e intereses, los cuales se consideran correctamente realizados de acuerdo con las obligaciones tributarias.
RECOMENDACIONES
• Corroborar el noveno dígito de su RUC para identificar la fecha límite aplicable.
• Planificar con la debida anticipación la presentación de declaraciones y anexos, evitando la saturación de los canales de recepción en los días próximos al vencimiento.
• Revisar minuciosamente la información registrada, a fin de garantizar su exactitud y completitud antes de la transmisión al SRI.
• Conservar el comprobante de presentación emitido por el sistema del SRI como respaldo documental.
• Tener presente que los valores pagados por concepto de multas e intereses antes de la entrada en vigencia de esta resolución