El Gobierno Ecuatoriano y el Gobierno de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, celebran un Convenio para eliminar la doble imposición respecto a:
– Impuestos la renta
– Ganancias de capital
PARA QUIENES APLICA EL CONVENIO
– Personas residentes de uno de los países
– Personas residentes de ambos países
APLICACIÓN DEL CONVENIO
A los impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital exigibles por cada uno de los Estados Contratantes, sus subdivisiones políticas o entidades locales, cualquiera que sea el sistema de exacción.
Se consideran impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital todos los que gravan la totalidad de la renta, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles o inmuebles.