Incremento de agentes de retención de IVA.

Impacto en los flujos financieros de las empresas

La Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria (en adelante Ley de Simplificación) trajo consigo una serie de reformas tributarias que tuvo como fin simplificar tributos que faciliten a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones, así como reducir el número de agentes de retención.

Sin embargo, a partir de la publicación de la mencionada Ley, los agentes de retención deben ser elegidos por el Servicio de Rentas Internas (en adelante SRI) y en consecuencia, el 14 de Septiembre de 2020, el SRI publicó el catastro de agentes de retención con una base de 81.604 contribuyentes.

Es decir, por un lado, se creo la norma bajo el supuesto de simplificar tributos y reducir los agentes de retención, pero por otro lado, la base de contribuyentes obligados a retener se incrementó en gran medida, lo que ha causado un impacto en el flujo de operación (liquidez) de las empresas.

Análisis

Previo a la emisión de la Ley de Simplificación, el artículo 63 de la Ley de Régimen Tributario Interno (en adelante LRTI), no estipulaba como agentes de retención a todas las sociedades, sino sólo a aquellas designadas como contribuyentes especiales, quienes estaban obligados a retener el IVA en las adquisiciones a sus proveedores de bienes y servicios.

No obstante, y como se mencionó en un principio, con la publicación de Ley de Simplificación, el Servicio de Rentas Internas puede designar como agente de retención a cualquier sociedad, sin necesidad de considerarla como Contribuyente Especial.

Por lo tanto, es de suma relevancia tomar en cuenta que, hoy por hoy, el número de agentes de retención supera considerablemente la cantidad de contribuyentes especiales . En consecuencia, el número de sociedades obligadas a efectuar retenciones en la fuente por concepto de

adquisiciones que generan IVA ha aumentado también considerablemente.

Esto ha generado que algunas sociedades pierdan parte de su flujo operativo por las retenciones que les realizan al vender sus bienes o servicios que gravan IVA, ya que, mes a mes, les retienen este impuesto que antes era recibido como parte de su flujo operativo mensual. Lo indicado se evidencia con un sencillo ejemplo simulando una transacción de compra venta y declaración de IVA, así como sus flujos de efectivo/caja antes de la reforma tributaria, y cómo es ahora, en la que les retienen el IVA.

En el ejemplo que se procederá a exponer, anterior a la reforma, las sociedades que no eran consideradas como Contribuyentes Especiales, no realizaban retenciones a otras sociedades, por lo que el valor recibido por IVA ingresaba como flujo operativo de la operación, con la posibilidad de compensarlo con las compras con IVA que ya había pagado.

Ejemplo – Flujo de Dinero en la Liquidación de IVA Mensual Empresa A

ANTES DE LA REFORMA

DESPUÉS DE LA REFORMA

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Hoy en día, las sociedades consideradas como agentes de retención que constan en el listado emitido por el SRI deben realizar retenciones por las adquisiciones de bienes o servicios a otras sociedades. Por lo que la Empresa A, recibirá retenciones de sus clientes que no son Contribuyentes Especiales generándole un crédito tributario de IVA para el siguiente ejercicio mensual que no podrá ser compensado. Es decir, la Empresa A dejará de percibir el flujo de efectivo/caja de IVA (que antes recibía) ya que es retenido por otra sociedad (declarada agente de retención), de conformidad como se expone a continuación: Con este ejemplo se demuestra que, en ciertos casos, existen valores que no pueden ser compensados, lo que provoca que mes a mes, se acumulen los saldos de crédito tributario, pues las retenciones a sociedades se continúan realizando de forma permanente.

Conclusión

El Estado a través del SRI, no previó que el aumento de agentes de retención y, en consecuencia, de retenciones en la fuente traería a su vez pérdida en la liquidez de las compañías, al no poderse compensar el crédito tributario acumulado, mes a mes, por las retenciones realizadas a sus proveedores.

Ab. John Arias

Gerente General

Abogado y master en Legislación tributaria. Experiencia de más de 10 años en impuestos internos y externos.

Census, como firma tributaria especializada en procesos de devolución, está interesada en brindar soluciones a nuestros clientes. Para tal efecto, hemos considerado correcto poner al alcance de nuestros clientes, el servicio de solicitar la devolución de estos saldos a favor de IVA, para que así recuperen su liquidez y eviten que el crédito tributario se siga acumulando sin la posibilidad de que el mismo sea devuelto.