Mediante resolución No. 21-2024, la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia ha establecido un precedente jurisprudencial obligatorio, en el que se refuerza el derecho de los contribuyentes a la restitución de los valores recaudados por concepto de salvaguardias provisionales que fueron suspendidas por la Secretaría General de la Comunidad Andina.

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