A través de la presente resolución, se establece la ampliación de los plazos en los cuales los sujetos pasivos que, al 30 de junio de 2022 tuvieron su domicilio tributario en las provincias de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Pastaza, Azuay, Imbabura, Sucumbíos y Orellana, podrán cumplir con sus obligaciones tributarias.

Descarga el archivo, click aquí.