El 10 de junio de 2025 fue publicada la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional en el Sexto Suplemento del Registro Oficial No. 56. Esta ley tiene por objeto establecer un marco jurídico para combatir economías ilícitas, fortalecer la seguridad interna, proteger a la ciudadanía, y fomentar la reactivación económica en zonas afectadas por la violencia y la inseguridad.

Puntos Claves

RECONOCIMIENTO DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO

  • Será declarado mediante Decreto Ejecutivo, previa verificación de la organización de grupos armados e intensidad de la violencia.
  • Se establece un régimen jurídico especial distinto del estado de excepción, regido por el Derecho Internacional Humanitario y la Ley.

MEDIDAS ECONÓMICAS Y TRIBUTARIAS

  • El Presidente de la República podrá implementar incentivos tributarios, compensaciones, programas de formalización y recuperación de ingresos en zonas afectadas.
  • El Ministerio de Economía y Finanzas asignará los recursos correspondientes.

REFORMAS A LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO

 

  • Se incluye un tercer innumerado al artículo 10 que abarca las deducciones:
  • Establece un incentivo tributario por donaciones realizadas a la Policía Nacional y/o Fuerzas Armadas.
  • Las donaciones deben consistir en equipamiento, bienes inmuebles y suministros destinados a la protección interna, mantenimiento del orden público y seguridad ciudadana.
  • Los contribuyentes obtendrán una rebaja del impuesto a la renta, hasta el 30 % del impuesto causado en el periodo fiscal correspondiente.
  • No genera derecho a devolución si la rebaja excede el impuesto causado.
  • Los equipos y suministros donados deben ser nuevos y en condiciones óptimas de uso, conforme a lo que determine el órgano competente.

 

  • Deroga la deducción adicional del 150 % en el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta por gastos destinados a la Policía Nacional mediante donaciones de equipamiento y suministros para la protección interna y el mantenimiento del orden público. Los bienes donados debían ser nuevos o estar en condiciones óptimas según el órgano competente.

 

ATRIBUCIONES DE LA UAFE EN EL MARCO DE UN CONFLICTO ARMADO INTERNO

 

Aplica únicamente cuando el conflicto armado interno haya sido declarado por el Presidente de la República.

 

La UAFE asume las siguientes atribuciones adicionales

  • Prioriza la detección y documentación de operaciones financieras sospechosas vinculadas a grupos armados organizados y economías criminales.
  • Coordina con autoridades nacionales e internacionales a través de acuerdos de cooperación e intercambio de información.
  • Recopila, analiza y procesa información estratégica y operativa de sujetos obligados y autoridades de defensa, seguridad interna y orden público, incluyendo el Bloque de Seguridad.
  • Potencia la capacidad tecnológica que optimice los procesos de análisis financiero
  • Incrementa el personal técnico especializado, considerando el riesgo que asumen en el ejercicio de sus funciones
  • Coordina mecanismos de integración de bases de datos públicas y privadas para la detección de operaciones inusuales

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

  • Los GAD provinciales y municipales podrán destinar hasta el 10 % de su presupuesto a la donación de bienes y servicios para mejorar las capacidades operativas de las fuerzas del orden, en el marco de sus competencias.

REFORMAS A LA LEY DE COMPAÑÍAS

  • Las sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.) no podrán realizar actividades vinculadas al sistema financiero, mercado de valores, seguros, minería o sectores estratégicos.