Mónica Tobar, coordinadora del área Laboral de Census Consultores, explica sobre el cálculo de las utilidades que deben ser pagadas hasta el 15 de abril de cada año a los trabajadores bajo relación de dependencia. Tobar señala que las empresas privadas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben destinar el 15% de las ganancias obtenidas durante el año fiscal anterior para pagar a sus empleados: 10% para todos los trabajadores y el 5% según las cargas familiares.