El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000010, el 27 de febrero de 2026; mediante la cual expidió la calificación de Agentes de Retención a los Sujetos Pasivos.
Puntos Claves
Calificación como Agentes de Retención
Se califican como Agentes de Retención a los Sujetos Pasivos que constan en el informe técnico emitido por la Subdirección General de Cumplimiento Tributario del Servicio de Rentas Internas, que se encuentran detallados en el enlace digital de la página web institucional, conforme lo indicado en la columna “CALIFICACIÓN”:
https://www.sri.gob.ec/web/intersri/catastros
Obligaciones
Los sujetos pasivos que se califican como nuevos agentes de retención, deberán cumplir con las obligaciones tributarias y sus deberes formales de dicha calificación, a partir del 01 de marzo de 2026.
Actualización del RUC
Se dispone la actualización de oficio del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de los sujetos pasivos detallados en el enlace digital de la presente resolución, quienes podrán realizar la reimpresión del certificado del RUC a través de la página web del SRI.