El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC00000013 el 17 de marzo de 2026 mediante la cual resolvió ampliar el plazo de presentación de las declaraciones de impuestos, con fecha de vencimiento 16 de marzo de 2026.
Puntos Claves
Objeto
Ampliar los plazos de presentación de declaración de impuestos, para los sujetos pasivos que debían cumplir su obligación cuya fecha de vencimiento fue el 16 de marzo de 2026.
Fecha máxima de declaración
Las fechas para realizar las declaraciones, sin que se generen multas, recargos ni intereses, serán de acuerdo con el noveno dígito del RUC, según:
| Noveno dígito del RUC | Fecha máxima para presentar la declaración |
| 3 | 25 de marzo de 2026 |
| 4 | 27 de marzo de 2026 |
La falta de declaración hasta las nuevas fechas establecidas conlleva la imposición de multas, recargos e intereses.
Pagos anteriores a las fechas publicadas
Los pagos realizados con anterioridad a las fechas establecidas, en concepto de multas e intereses, se considerarán efectuados conforme a las obligaciones tributarias establecidas y no serán objeto de devolución.