El Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial No. MDT-2026-087 el 30 de marzo de 2026, mediante el cual determina el valor del salario digno para el año 2025 y regula el procedimiento para el pago de la compensación económica para trabajadores y ex trabajadores que hubieren laborado entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Rige para los empleadores privados, personas jurídicas o naturales obligadas a llevar contabilidad que hubieren generado utilidades en 2025 o hubieren pagado anticipo al Impuesto a la Renta inferior a esas utilidades.
Puntos Claves
Salario Digno 2025
Se determina como salario digno para el 2025 el valor de USD 506,99 (quinientos seis dólares de los Estados Unidos de América con 99/100).
Cálculo de la Compensación Económica para alcanzar el salario digno
Resulta de la diferencia entre el salario digno y el ingreso mensual que la persona trabajadora o extrabajadora percibió en el año 2025.
Para el cálculo del “ingreso mensual” se deberán sumar: sueldo/salario mensual, décima tercera y cuarta remuneración, comisiones, participación de utilidades del 2024 pagadas en 2025, beneficios adicionales en dinero que no constituyan obligaciones legales y los fondos de reserva.
El período para el cálculo de la compensación será desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2025, o el proporcional si la persona hubiere trabajado por un tiempo menor. Para los que hubieren laborado con un contrato de jornada parcial será calculado de manera proporcional al tiempo de horas semanales en el contrato.
Del Pago de la Compensación Económica
Se entenderá como utilidades al valor señalado por el empleador en los formularios 101 y 102 de la declaración del Impuesto a la Renta del Servicio de Rentas Internas.
La compensación económica deberá pagarse hasta el 31 de marzo de 2026. Para lo cual, el empleador debe destinar hasta el 100% del valor de las utilidades del año 2025. Si el valor no alcanza para cubrir el salario digno, deberá repartirse de manera proporcional, según la fórmula establecida en el acuerdo.
Registro
El empleador deberá registrar en la plataforma del Ministerio del Trabajo la declaración de la participación de utilidades del año 2025 y completar la información requerida en la que se identificará a quienes deberá efectuar la reliquidación correspondiente por compensación económica; con esto, el sistema generará un reporte con la nómina. Los empleadores son responsables por la veracidad de la información proporcionada.
Control y Sanciones
La sanción en caso de incumplimiento del pago de la compensación económica y su registro en la plataforma, a los empleadores, será de entre 3 hasta 20 Salarios Básicos Unificados (SBU).
Disposiciones Generales
- Los empleadores deberán agotar todos los mecanismos legales para cumplir con la obligación del pago de la compensación económica, ya sea a través de comunicaciones a domicilio, correo electrónico de las personas trabajadoras o ex trabajadoras, y/o a través de dos avisos en los diferentes medios de comunicación.
- Para el cálculo se considerará el período anual de 360 días, incluidas vacaciones, y la jornada laboral mensual equivalente a 240 horas.