El Servicio de Rentas Internas mediante resolución No. NAC-DGERCGC26-00000036 expidió una nueva regulación para la obtención y recuperación de la clave de usuario del portal SRI en Línea, así como para la actualización de los medios de contacto asociados.

Puntos Claves

La resolución establece nuevos canales y requisitos para generar o recuperar la clave, incorpora el uso de firma electrónica y medios de contacto exclusivos, y limita la recuperación a mecanismos digitales y telefónicos.

Obtención de la clave

La clave podrá gestionarse mediante SRI en Línea, Gob.ec o centros de atención. En todos los casos se deberá registrar un correo electrónico y número de celular válidos y exclusivos del solicitante, que no podrán constar registrados en otro contribuyente, así como suscribir el Acuerdo de Responsabilidad y Uso de medios Electrónicos.

  • En los trámites virtuales se exigirá además un certificado de firma electrónica válido, vigente y reconocido en el Ecuador.
  • En los centros de atención se deberá presentar, adicionalmente, el documento de identidad correspondiente.

Cuando el trámite sea realizado por un tercero, deberá acreditarse la representación conforme a la resolución.

Recuperación de la clave

Se realizará únicamente mediante el portal SRI en Línea o el canal telefónico. Los centros de atención no estarán habilitados para este trámite, salvo cuando sea necesario actualizar previamente los medios de contacto.

El SRI podrá bloquear o suspender la clave cuando detecte irregularidades, por razones de control o cuando no se encuentre aceptada la versión vigente del Acuerdo de Responsabilidad y Uso de Medios Electrónicos.

Vigencia

La presente resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el registro oficial.